En el marco de un grave caso de trata laboral, el juez de Revisión Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, homologó un acuerdo de reparación que redundará en un importante beneficio económico para 18 víctimas.
El convenio -formalizado el 23 de junio pasado- establece un pago total de 36 millones de pesos, más un ajuste por inflación de 500 mil pesos, dinero que será repartido en cantidades iguales entre los 18 afectados. El pago se acordó de manera escalonada, en un plazo de 90 días.
A instancia del juez, en tanto, se incorporó al acuerdo la obligación de tareas comunitarias a cargo del imputado Jesús Isauro Erazo, quien deberá cumplir con tareas de limpieza y cuidado en un hogar de ancianos de Tartagal por cuatro horas semanales, durante un periodo de seis meses.
Los términos de la reparación propuesta y los aspectos tenidos en cuenta para encaminar la resolución de conflicto mediante esta salida alternativa, fueron expuestos por la fiscal Lucía Orsetti, a cargo de la Sede Descentralizada de Tartagal.
Adhirieron a su postura, el Defensor Público de Víctimas, Nicolás Escandar y el abogado Juan Martín Crosa, en representación del imputado, quien también dio a conocer en la audiencia su conformidad al acuerdo y expresó su compromiso en cumplirlo.
Al presentar el caso, la fiscalía explicó que Erazo fue imputado como autor del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, bajo la modalidad de captación, traslado y acogimiento. Hecho, triplemente agravado por haber mediado abuso de una situación de vulnerabilidad, por la cantidad de víctimas y por haberse consumado la explotación perseguida.
Explicó que, entre noviembre y diciembre de 2023, y posiblemente en fechas previas, Erazo hizo ofertas de trabajo engañosas a distintos miembros de las comunidades aborígenes de El Cañaveral y San Luis, ubicadas en la localidad de Santa Victoria, al norte de la provincia.
Esta conducta, que calificó de captación, la desplegó por medio miembros de las comunidades a las que pertenecen las víctimas. Según las víctimas, el empleador ofrecía trabajos de deschampe (limpieza de campos ya desmontados) en la finca “Los Chilenitos” o “El Chileno”, ubicada en ruta provincial N°54, a la altura de “La Curva de Juan”, en el paraje de Tonono, en Tartagal. A cambio de dichas tareas, proponía un pago para cada trabajador de 8.000 pesos por hectárea.
Las tareas durarían 20 días, con 5 de descanso. De esta forma, logró captar a 18 personas, quienes fueron trasladadas por Erazo hasta la finca, lo que se hizo en una camioneta Toyota. Al momento de las tareas, sin embargo, los obreros recibieron herramientas rudimentarias.
Luego siguieron condiciones de servidumbre, pues fueron sometidos a trabajos forzosos. El alojamiento consistía en un campamento armado con plástico, sin una provisión mínima de higiene y protección contra las altas temperatura, las que bordean los 50 grados, en esa zona.
Tampoco contaron con recursos apropiados de alimentación ni de hidratación, pues la comida provista era escasa. Solo recibían un solo plato al día, con el agravante de que su costo era descontado del salario prometido. La única dispensa de agua potable disponible, en tanto, estaba ubicada en un grifo a 5 kilómetros de distancia.
En conclusión, la fiscal sostuvo que ninguno de los trabajadores recibió el pago prometido e incluso fueron amedrentados por el imputado cuando realizaron el reclamo del caso, siendo impedidas luego de marcharse por sus propios medios.
“Ya prácticamente en condiciones de esclavitud, los trabajadores se unieron y acordaron escapar, pues uno de sus compañeros requería atención médica. Fue así que tres de ellos, se escabulleron del campamento y huyeron. Esto motivo, una persecución nocturna con linternas”, relató la representante al graficar la grave situación que atravesaron las víctimas.
Indicó que, pese a esa persecución, el 18 de diciembre, los tres trabajadores que escaparon, caminaron por varias horas hasta llegar a una de las comunidades donde fueron auxiliados.
Rescate
Ese mismo día, tras una denuncia anónima a la línea 145, del Programa de Rescate de Víctimas de Trata, del Ministerio de Justicia de la Nación, se logró poner a salvo a los obreros, con la intervención de personal de Gendarmería Nacional, entre otros órganos de contralor y asistencia de víctimas.
A su vez, se constató las precarias condiciones a las que fueron sometidos los trabajadores durante un lapso de 40 días, se acumularon fuertes evidencias y se avanzó con la imputación penal de Erazo, la que calificó de “muy grave”.
En ese marco, mencionó varios indicadores de este tipo de delito, entre ellos el estado de vulnerabilidad de las víctimas. En tal sentido, resaltó aspectos del informe emitido por psicóloga Verónica Olguín Rufino, a cargo del Área de Víctimas de la Unidad Fiscal, quien indicó que las personas ya tenían indicadores de vulnerabilidad de forma previa.
Entre ellos, mencionó la falta de acceso a todos los derechos fundamentales básicos, como la vivienda, alimentación, salud y educación formal. Agregó que en la mayoría de los casos ingresaron al mundo laboral en la más temprana infancia, haciéndolo para ayudar a sus familias en la manutención económica, con lo cual asumieron responsabilidades que no correspondían a su edad. “Todas esas condiciones de vulnerabilidad previas, no hicieron más que profundizarse gravemente, no sólo acentuando lo ya existente sino imposibilitándoles una mejora en su calidad de vida”, resaltó.
Al explicar las razones que llevaron a conducir la resolución del caso mediante un acuerdo de reparación, reconoció que no fue una tarea sencilla, no obstante, calificó la solución propuesta como proporcional, racional y, sobre todo, aporta un beneficio adecuado a los afectados.
Tras enmarcar el acuerdo en el inciso 6 del artículo 59 del Código Penal, el que admite la reparación, remarcó el esfuerzo hecho por el defensor de víctimas, el que también tuvo un contacto personalizado con las víctimas, a fin de que cada uno tenga las cuentas bancarias para recibir los pagos acordados.
“La acusación presentada es sólida, con mucha certeza y una probabilidad de condena muy alta, incluso para decomisar la finca. Esta condición -agregó la fiscal- quedará subsistente en caso de que no se cumpla con el acuerdo”.
En materia de resarcimiento, sostuvo que “no tengo mucha certeza”, pues más allá de alcanzar una condena, el camino de la vía civil para las víctimas “podría ser muy infructuoso”. Ante este contexto, reforzó la manda establecida en los tratados internacionales, entre ellos el Protocolo de Palermo, en especial el inciso 6 del artículo 6, norma dedicada a la asistencia y protección de las víctimas de trata.
Remarcó, en ese sentido, la obligación recaída en el Estado Argentino de brindar a los afectados la posibilidad de una “indemnización por los daños sufridos”, lo que prevaleció. “Hubo mucho esfuerzo de la fiscalía y las partes para llegar a un entendimiento”.
Procedente
Reconoció que “la salida alternativa se aparta del camino penal, pero en este caso, la solución es procedente, se ajusta a la voluntad de las víctimas y va de la mano con las pautas el artículo 22 del CPPF, que prioriza la armonía y la paz social entre las partes en las resoluciones de conflictos”.
El defensor de víctimas, por su parte, acompañó el pedido de homologación del acuerdo. También enfatizo sobre la gravedad del hecho, pero ponderó la vía de resolución acordada, la que “no se percibe como impunidad”, pues está latente aún el camino punitivo en caso de incumplimiento.
En su análisis de las salidas alternativa, indicó que se debe construir parámetros objetivos para determinar en qué caso corresponde. Además, dejó en claro que “este acuerdo no puede repetirse si el acusado reincide”.
Asimismo, y ante preguntas del juez respecto a la posibilidad de que cada afectado pueda alcanzar un monto más considerable por la vía civil, el defensor reconoció que, esa opción fue contemplada, pero descartada ante un análisis de la probabilidad de pago por parte del imputado.
Recordó la condena recaída sobre dos líderes espirituales de un culto Umbanda, muy similar en materia de gravedad, en la que se dispuso el decomiso de una vivienda, para cubrir una reparación de 14 millones de pesos, lo que aún no se pudo concretar debido a lo “infructuoso” de dicha vía civil.
“Ante ello, nos inclinamos por esta reparación menor, pero factible de cobro”, afirmó, a la vez que aseguró que, previo a ello, se hizo una investigación del perfil económico del imputado. Aclaró que las víctimas fueron informadas de todos estos detalles, siendo su voluntad avalar este acuerdo.
El juez, al resolver, coincidió con las posturas expuestas por las partes, aunque solicitó un esfuerzo más a fin de agregar al acuerdo un “enlace comunitario” que le permita al imputado reflexionar sobre su conducta y esté a cuenta en el plano social.
A tal efecto, y tras un breve cuarto intermedio, las partes acordaron sumar el cumplimiento de tareas comunitarias por parte de Erazo, las que desarrollará en un hogar de ancianos de Tartagal, por un lapso de 4 horas semanas durante 6 meses. Su actividad consistirá en tareas de limpieza y acompañamientos de los adultos mayores. Con las expresiones de conformidad de las partes y del acusado, el juez dio por homologada la reparación acordada.