Por ello, envió el expediente al juzgado de origen a los fines procesales correspondientes.
El juez tuvo en cuenta que en la resolución que ordenaba la elevación a juicio también rechazaba la excepción de falta de acción que había interpuesto la defensa.
Si bien procesalmente la elevación a juicio es irrecurrible, sí lo es la excepción rechazada. En ese sentido, el juez de Garantías, al remitir el expediente a la Mesa Distribuidora, debió esperar a que se cumplan los plazos previstos por la ley procesal penal. No obstante, la causa fue recepcionada por el Tribunal de Juicio al día hábil siguiente, por lo que resultó evidente que los plazos no se habían cumplido.
Agregó el juez en su resolución que “de avanzar en el proceso con la irregularidad citada, se cercenaría el derecho de defensa del acusado, al privarlo de ejercer los actos defensivos previstos por el ordenamiento procesal.”
Zancheta fue denunciado en febrero de este año por dos jóvenes aspirantes al sacerdocio.