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NACIONAL

Aclararon las excepciones a la cuarentena

Ya rige en todo el país el aislamiento social obligatorio y así se veía el centro de Salta

A partir de las 0:00 horas de este viernes comenzó a regir en todo el país el decreto de necesidad y urgencia del gobierno nacional estableciendo el aislamiento social obligatorio hasta el 31 de marzo. Salta muestra un aspecto desolado.

Aislamiento social obligatorio    Crédito foto: Agustín Gómez Augier
Aislamiento social obligatorio Crédito foto: Agustín Gómez Augier

En Salta, el aislamiento social obligatorio dispuesto por el gobierno nacional se cumple desde este viernes a las 0:00 horas  y mostró un sinnúmero de postales de la ciudad vacía y en silencio.

El inicio de la denominada "cuarentena" fue marcado en esta capital por la sirena del diario El Tribuno, que a medianoche sonó en el centro de la ciudad y despertó muchas muestras de angustia transmitidas por las personas a través de las redes sociales, aflicción que fue acompañada con mensajes destinados a la responsabilidad en el cuidado entre todos como sociedad.

Excepciones a la cuarentena

El DNU exime del aislamiento a funcionarios de alta jerarquía del Gobierno nacional, de las provincias y de los municipios; personal de las fuerzas armadas y de seguridad, los trabajadores de la sanidad, así como quienes se desempeñan en las industrias alimenticias y farmacéuticas.

También a quienes se desempeñan en la industria del petróleo y en las refinerías de naftas y gasoil, trabajadores de los medios de prensa, actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior, recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias".

También personal de migraciones, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo, personal de los servicios de justicia de turno, personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes; personas que deban atender una situación de fuerza mayor; personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. 

Personal afectado a obra pública; supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias y provisión de garrafas.

También quedan exentos quienes cumplen tareas en el "transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad, así como servicios de lavandería".

 



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