En el mismo fallo, M. E. F. y G. N. B. C. resultaron condenados a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y multa por resultar autores penalmente responsables del delito de tenencia simple de estupefacientes. Ambos deberán cumplir las siguientes obligaciones por el término de dos años: fijar residencia y comunicar cualquier cambio al tribunal en el lapso de 48 horas; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados. Todo ello con expreso de apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta.
La investigación que derivó en la detención de Guillermo Iván Isasmendi se inició a partir de una denuncia anónima recibida por el Departamento Drogas Peligrosas de la Policía de Salta. El mensaje daba cuenta de que en un domicilio de barrio Limache, donde funcionaba una biblioteca y un cyber, se comercializaban drogas (pasta base y marihuana).
En el allanamiento de la vivienda se secuestraron sustancias estupefacientes, dinero en efectivo, varios teléfonos celulares, proyectiles y cuadernos con anotaciones referidas a la actividad delictiva.