El impulsor de la iniciativa, Matías Cánepa, manifiesta en los Considerandos de la misma, la importancia de dar cumplimiento a lo solicitado, dado “el daño que los impactos sonoros de determinados artificios generan en personas con autismo, con problemas en el sistema nervioso, hospitalizadas, niños recién nacidos, ancianos y familias con mascotas”.
Cánepa también expresa en el texto de la Resolución que, dentro del ejido municipal de la ciudad de Salta, ya rige la Ordenanza N° 15.280. La cual establece que “queda prohibida la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características, sean estos o no de venta libre, controlada y/o de fabricación autorizada”. Y al no existir una normativa para toda la provincia, se dificulta restringir el ingreso de estos elementos a la ciudad Capital y, por lo tanto, el control de la aplicación de la Ordenanza vigente.
Cabe destacar que, al momento de la votación, la totalidad de los concejales presentes en el Recinto “Gobernador Miguel Ragone”, respaldaron la iniciativa.