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SALTA

Caso UTA

Prisión preventiva para los cuatro detenidos

El juez de Garantías 2, Ignacio Colombo convirtió en prisión preventiva la detención de cuatro imputados por los hechos ocurridos el 12 de setiembre pasado en la sede de la UTA.

Prisión preventiva por la toma de la UTA
Prisión preventiva por la toma de la UTA

El juez no hizo lugar a los pedidos de libertad y cambio de calificación legal presentados por la defensa de los imputados Omar Daniel Alberto Pereyra, Walter Ignacio Pérez, Daniel Hipólito González y Oscar Raúl Villa. Los cuatro están provisoriamente imputados de los delitos de secuestro coactivo, robo en poblado y en banda y daños.
Todos deberán continuar alojados en la Alcaidía General a disposición del juzgado.

Para ello, tuvo por acreditada, dentro del nivel de certeza que esta etapa exige, la existencia del hecho y la probable participación de los acusados como autores. También se tuvo en cuenta la naturaleza de los hechos denunciados, a partir de lo cual se aprecia la peligrosidad demostrada por los supuestos causantes, y el agravio causado a las víctimas, que habrían sido secuestradas durante varias horas.

En relación al peligro procesal, se consideró que de encontrarse en libertad los imputados desde esta primera instancia del proceso, los mismos podrían eludir la acción de la justicia, poniendo en riesgo la investigación fiscal. Sumado a ello, el juez refirió a la existencia de una actitud evasiva demostrada por los causantes, quienes desobedecieron por varias horas las directivas policiales, que intentaban mantener la situación bajo control, y más aún, desoyeron una intimación efectuada por la Fiscalía y que fuera ratificada luego por el juez que hoy dicta esta resolución.

Así, “teniendo en cuenta la posible aplicación de una condena de cumplimiento efectivo, sumado a las conductas demostradas por los imputados” sostiene el juez que son elementos indicativos de una cierta peligrosidad procesal.
Por último, el juez consideró que ante el peligro de fuga ya referido, y teniendo en cuenta la etapa inicial en que se encuentra la investigación fiscal, las medidas que se encuentran pendientes de producción podrían verse frustradas en caso de ordenarse la libertad de los acusados.

En cuanto al cambio de calificación pretendido por la defensa, se tuvo por acertada la adoptada por la Fiscalía interviniente, la que resulta a esta instancia de carácter provisorio.



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