Pese a que lleva varias semanas de su presentación, el proyecto de Ramón Villa para la intervención del municipio de Aguaray aun no cuenta con dictámen de las Comisiones de Asuntos Municipales; de Hacienda y Presupuesto; y de Legislación General.
Sin embargo, la iniciatriva vuelve a figurar en el orden del día para su tratamiento en la sesión de este martes.
La propuesta de intervenir un municipio nunca es una buena noticia, ya que significa la remoción de quien fuera elegido democráticamente por el voto de los ciudadanos, pero ante una situación de enorme gravedad como la que existe, resulta necesario utilizar esta herramienta otorgada por la Constitución de la Provincia, con el objeto de lograr la normalización institucional en beneficio de todos los habitantes de Aguaray, sostiene el proyecto entre sus principales fundamentos.
Multas más caras
También sin dictámen de comisión figura el proyecto para modificar el artículo 33 de la Ley 6835 referente a las multas a empresas concesionarias de servicios públicos.
Esta iniciativa ha sido presentada por el Ente Regulador de los Servicios Públicos, con la finalidad de actualizar el valor establecido en el artículo 33 de la Ley 6835 que establece el monto de las sanciones de multas que pueden ser aplicadas a las empresas concesionarias de servicios públicos de la Provincia por violaciones graves a los ordenamientos regulatorios.
En efecto, la norma citada dispone que “las multas son sanciones pecuniarias de cien pesos ($100) a un millón de pesos ($1.000.000)”.
Derogación de DNU
Finalmente y aunque sin dictámen de comisión, figura para su tratamiento el proyecto de Ley para derogar el DNU 255/20; y agregar el inciso f) al artículo 60 del Código Contravencional de la Provincia.
Tanto el Estado nacional como los Estados provinciales han debido recurrir a diversos instrumentos jurídicos para combatir la irrupción de la pandemia Covid-19 y evitar, de este modo, su propagación a lo largo del territorio.
Para esto, se dispusieron una serie de medidas sanitarias de carácter general y, para hacer efectivo su cumplimiento, normas sancionatorias. Nuestra Provincia no fue ajena a estas regulaciones, ya que el Poder Ejecutivo dictó el DNU 255/20, el cual fue sancionado el día 31 de marzo de 2020 (Boletín Oficial N° 20715 del 3/4/2020) que estableció un régimen excepcional sancionatorio para conductas flagrantes que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, basadas en la injustificada desobediencia a “órdenes legítimas en ejercicio de las funciones de los agentes del orden público”, sostiene el proyecto del diputado Santiago Godoy.