En el articulado se detalla que el DEM designará la Autoridad de Aplicación, la que deberá capacitar y controlar el cumplimiento del protocolo de asistencia a posibles víctimas de abuso y violencia de género por parte de los farmacéuticos y empleados de farmacias. Con la finalidad de que puedan actuar ante la solicitud de mujeres y personas del colectivo LGBTQ+.
Se consigna en el texto que el Ejecutivo Municipal deberá garantizar su cumplimiento por parte de las farmacias comprendidas en la Confederación Farmacéutica Argentina, como así también invitar a las que no se encuentran adheridas a la entidad. En otro apartado se detalla que el DEM deberá trabajar con organismo gubernamentales y no gubernamentales para garantiza su ejecución.
En relación a la difusión de la campaña, se señala que la Autoridad de Aplicación diagramará y distribuirá en todas las farmacias la folletería y cartelería. Además, en el texto se solicita a las Cámaras de Diputados y Senadores de la provincia de Salta, la adhesión de la campaña, para que se haga efectivo en todo el territorio provincial.
Finalmente, en el Anexo se detalla el Procedimiento General en donde se consigna el protocolo de acción, señalando que las mujeres y personas del colectivo LGBTQ+, o su círculo de confianza, deben solicitar un “Barbijo Rojo” ante el farmacéutico. Quien deberá responder que aún no tienen dicho producto y le solicitará su información de contacto con el fin de informar cuando llegue el pedido. Posteriormente, desde la farmacia, se deberán comunicar con el 911 para realizar la denuncia o con la línea 144 para recibir asistencia. En cuanto al Procedimiento Específico se exponen los lineamientos a seguir ante tres supuestos: Cuando la persona en situación de violencia por razones de género solicita un “barbijo rojo”; Si el personal farmacéutico identifica una persona en esta situación; o cuando la persona concurra a la farmacia acompañada por el agresor.