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SALTA

Por orden judicial

Facebook deberá quitar el acceso a una publicación contra Mónica Juárez

El juez de la Sala VI del Tribunal de Juicio Guillermo Pereyra hizo lugar a una cautelar y ordenó a la red social Facebook quitar la publicación y acceso, al contenido de una publicación por el termino de seis meses a partir de la recepción de la notificación. Dicha orden se enmarca en una acción privada por injurias presentada por la diputada provincial Mónica Juárez.

La publicación violenta la condición femenina de la legisladora
La publicación violenta la condición femenina de la legisladora

El video de referencia contiene expresiones adjetivales verbales y escritas respecto la legisladora que constituyen en los términos de la querella planteada una manifestación violenta, verbal y moral hacia una mujer, sin necesidad de ahondar o evaluar, eventuales o hipotéticas explicaciones por parte de quien elaborara tal publicación.

Y recordó el juez en este sentido que no se trata de evitar la opinión o publicación de ideas a resguardo por el artículo 14 de la Constitución Nacional y el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, incisos 1 y 2. Se trata, por el contrario “hacer cesar una manifestación de notoria y evidente violencia verbo moral contra una mujer, publicada en forma hasta aquí anónima”.

La solicitante invocó que se trata de una persona pública, pero para el juez esto “resulta inocuo a tiempo de su eventual resguardo judicial, ya que aspectos como la integridad moral o el pudor personal, directamente vinculados a la dignidad de la persona humana, no pueden supeditarse ni valorarse en atención a ello.”

Consideró asimismo procedente la medida solicitada como medio idóneo para asegurar la plena efectividad del régimen legal, constitucional y convencional “que en el contexto social contemporáneo, persigue el resguardo de la especie humana mediante el total respeto de los derechos de la persona y con un especial despliegue de la perspectiva de género, para advertir y visualizar situaciones de conculcación de aquellos por tratarse de una mujer. Se trata de una situación que trasciende ya, al honor como bien jurídico protegido y que se focaliza en la dignidad de la persona humana, razón de ser de todo el sistema jurídico”.

Y advirtió que no se está “frente a una situación que involucre a un medio de prensa o de pensamiento privado, sino a un caso concreto y determinado de contenido violento hacia una mujer, con vocabulario soez susceptible de menoscabar y afectar la dignidad de la persona y violentar la condición de mujer de la referida, con referencias peyorativas y en un lenguaje procaz en cualquier sociedad que pugne por la igualdad de trato, el respeto a las personas, y más allá de que pueda o no, constituir el delito que se imputa con la acción desplegada.”



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