Tras la elección de convencionales el pasado 15 de agosto y su posterior proclamación, además de la inminente entrega de los diplomas que acreditarán a cada uno de los 60 electos, ya está todo listo para que la Convención Constituyente pueda iniciar sus tareas en la provincia.
Ante esta situación, el Poder Ejecutivo emitió un decreto invitando a la Asamblea Constituyente a iniciar formalmente sus actividades el próximo jueves 30 de setiembre.
Desde ese momento, la asamblea dispondrá de un plazo de 60 días para poder llevar adelante la reforma parcial de la Constitucion Provincial.
Los artículos en discusión
Los convencionales constituyentes están habilitados a modificar en parte los artículos 95 y 103, sobre cantidad de reelecciones de los legisladores provinciales; el 111, sobre la fecha de inicio de sesiones ordinarias en ambas cámaras y la adecuación del 137, que facultaba en años anteriores a la legislatura para la elección de los senadores nacionales y quedó obsoleto con las últimas reformas.
También se habilita la modificación del artículo 140, sobre cantidad de reelecciones de gobernador y vice; el 144 que adecúa el informe a la Asamblea legislativa del mandatario provincial sobre el estado general de la provincia a la nueva fecha de inicio de sesiones ordinarias.
En materia judicial, se habilita la reforma del artículo 156, párrafos 1 y 3, sobre inamovilidad de jueces de corte y jueces inferiores. También se habilita el artículo 169, sobre integración de la Auditoría General de la Provincia, promoviendo su integración con 3 miembros de la oposición y 2 del oficialismo.
En materia de Régimen Municipal, se habilita los artículos 170, sobre condiciones para la creación de nuevos municipios; el 171, sobre número de concejales por población representada y el 172, sobre la duración del mandato de los ediles y cantidad de reelecciones a las que se pueden presentar.