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SALTA

$40.000

Defensa del Consumidor multó a Telecom Argentina

La sanción de $ 40 mil fue ratificada por la Justicia ya que la empresa no cumplió con un acuerdo conciliatorio, lo que es considerado una violación a la ley.

Telecom
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La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la multa de $ 40 mil de la Secretaría de Defensa del Consumidor a Telecom Argentina S.A por haber incumplido la empresa un acuerdo conciliatorio homologado por el organismo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.
 
El expediente se inició luego de que al denunciante se le facturara por el servicio de internet que había dado de baja. Realizadas las audiencias de conciliación, las partes acordaron la baja de un servicio, una refacturación y la asignación de una nota de crédito.
 
Telecom no cumplió dicho acuerdo conciliatorio, lo que representa una infracción al artículo 46 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor que dicta que “el incumplimiento de los acuerdo conciliatorios se considera violación a esta ley. En tal caso, el infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado”.
 
El secretario de Defensa del Consumidor, Carlos Morello, indicó que luego de las audiencias de conciliación en la Secretaría de Defensa del Consumidor que se procedió a aplicar la sanción ante la falta de cumplimiento por parte de la empresa.  

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la multa de $ 40 mil de la Secretaría de Defensa del Consumidor a Telecom Argentina S.A por haber incumplido la empresa un acuerdo conciliatorio homologado por el organismo del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia.

El expediente se inició luego de que al denunciante se le facturara por el servicio de internet que había dado de baja. Realizadas las audiencias de conciliación, las partes acordaron la baja de un servicio, una refacturación y la asignación de una nota de crédito.

Telecom no cumplió dicho acuerdo conciliatorio, lo que representa una infracción al artículo 46 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor que dicta que “el incumplimiento de los acuerdo conciliatorios se considera violación a esta ley. En tal caso, el infractor será pasible de las sanciones establecidas en la presente, sin perjuicio del cumplimiento imperativo de las obligaciones que las partes hubieran acordado”.

El secretario de Defensa del Consumidor, Carlos Morello, indicó que luego de las audiencias de conciliación en la Secretaría de Defensa del Consumidor que se procedió a aplicar la sanción ante la falta de cumplimiento por parte de la empresa.  



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