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SALTA

Fue aplicada por la COPAUPS

Confirman la multa por un cartel que sobresalía y deberán adecuarlo

La Sala I de la Corte de Justicia desestimó el recurso de queja que una empresa presentó contra la resolución que había confirmado la Resolución 108/19 de la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de Salta (COPAUPS).

Fallo confirma una multa
Fallo confirma una multa

Por dicha resolución se le aplicó a la firma una multa de 31.690,84 pesos y se ordenó el retiro de un cartel que sobresalía en el corredor de calle Buenos Aires al 100.

La queja fue interpuesta contra el recurso de inconstitucionalidad denegado por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial que había rechazado el planteo y confirmó la resolución 108/19 de la Comisión de Preservación del Patrimonio Arquitectónico y Urbanístico de la Provincia de salta (COPAUPS).

Dicha resolución calificó a la infracción constatada en el inmueble como “daño leve” de conformidad al artículo 35 inciso a), punto I de la Ley 7418 aplicando una multa de 31.690,84 pesos, y ordenó la adecuación a la normativa vigente, implicando el retiro del cartel saliente.

Recordaron los jueces de la Sala I de la Corte de Justicia que “la queja debe autoabastecerse, vale decir, debe ser posible resolverla solo con los recaudos acompañados”.

Por ello, dijeron las juezas de Corte, María Alejandra Gauffin Teresa Ovejero y los jueces de Corte Pablo López Viñals Fabián Vittar que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 276 del Código Procesal Civil y Comercial y el apartado III de la Acordada 10910 se impone la desestimación de la queja.



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