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SALTA

Ordenanza ad referendum

Aprueban la adhesión del municipio al Régimen de Sinceramiento Fiscal

Se aprobó hoy la Ordenanza Ad Referéndum que dispone la adhesión de la Municipalidad de Salta al Régimen de Sinceramiento Fiscal, establecido en la Ley Nacional N° 27.260.

Análisis en Sesión
Análisis en Sesión

Ante el interés de los ediles de abordar la temática y la cercanía del vencimiento del periodo para su consideración, fue que se dispuso la presencia de funcionarios del Ejecutivo Municipal en el edificio, a fin de que evacúen las dudas a los concejales en relación a la iniciativa.

Al explicar los objetivos de la Ley Nacional, el concejal Alberto Castillo (PRO) expresó: “permite que toda persona que tenga bienes en el exterior los declare, cobrándole una alícuota baja, pero teniendo el beneficio de cobrar de aquí en adelante los impuestos”. Sobre los alcances de su adhesión en la ciudad, sostuvo: “logrará que toda obra, negocio, fondo de comercio y vehículos no declarados puedan ser incorporados al sistema de padrón a fin de que sean cobrados los tributos correspondientes, lo que sumará al municipio mayores ingresos”.

Durante el tratamiento del expediente, los concejales Ángela Di Bez (Primero Salta), Ángel Ortiz (UCR) y Alberto Castillo (PRO), manifestaron el acompañamiento a la iniciativa, destacando el aumento de ingresos que significará para la ciudad. Mientras que las concejales Cristina Foffani y Mirta Hauchana (ambas del PO), adelantaron su rechazo a la Ordenanza.  

Hauchana, al tomar la palabra, sostuvo: “la Ordenanza no establece diferencias en relación a quien declara la construcción, de esta manera estamos premiando a empresas que no realizaron los trámites de registro correspondientes, por eso entendemos que esta iniciativa es parte de la política nacional de desarrollar un ajuste a los trabajadores y perdonar a los grandes evasores”.

En el articulado de la normativa se establece que se eximirá de los Derechos de Construcción de obras la Tasa de Actuación Administrativa, de la Tasa de Rentas Diversas por inspecciones para habilitaciones y transferencias, Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, Tasa de Publicidad y Propaganda e Impuesto a la Radicación de Automotores y de toda sanción, a las personas humanas y toda clase de persona jurídica, que declaren de manera voluntaria y excepcional ante la Dirección General de Rentas de la Municipalidad de Salta las edificaciones, construcciones, mejoras, ampliaciones, Fondos de Comercio Negocios y vehículos automotores inscriptos en otro municipio, según correspondiere. Se establece además que los sujetos que efectúen la declaración voluntaria y excepcional referida, pagarán una tasa especial, por única vez.



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