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SALTA

Diputados

Aprobaron con modificaciones la emergencia para el sector turístico

La cámara baja aprobó la prórroga de la emergencia para el sector turístico; también prorrogó por un año la entrada en vigencia del Régimen de responsabilidad penal para niños, niñas y adolescentes.

Diputados ya piensan en el retorno al a presencialidad
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En  sesión virtual encabezada por su presidente, Esteban Amat Lacroix; la cámara de Diputados aprobó la prorroga por el término de un año la fecha de entrada en vigencia de la Ley 8.097 “Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes”, a contar desde el 5 de septiembre de 2.021.

Se confirmó que hasta tanto se cumpla el término de la prórroga, se establece que en los procesos penales seguidos contra niñas, niños y adolescentes continuará la aplicación de la Ley 6.345 y modificatorias y del artículo 35 de la Ley 7.716 y modificatorias, sin perjuicio de las causas iniciadas a partir del 5 de septiembre de 2.020, donde se aplicará dicho régimen transitorio. 

Turismo

Por otra parte, con modificaciones se aprobó declarar la emergencia del sector turístico en el territorio de la provincia de Salta hasta el 31 de diciembre de 2021.

La actividad turística es un sector esencial en la economía de Salta, un dinamizador de sus recursos y generador de fuentes de trabajo directo e indirecto, teniendo en cuenta que el último año se estima una pérdida de 90 mil empleos del sector; siendo el principal objetivo recuperarlo y potenciarlo a futuro. El espíritu del presente proyecto nace ante la necesidad que actualmente atraviesa el sector turístico, tan debilitado por la pandemia que afectó al mundo COVID-19. Buscar alternativas que generen una real activación de los sectores que la integran por lo que se hace fundamental dictar normas eficaces.

Por otra parte se aprobó crear el Colegio de Obstétricas de la Provincia y una iniciativa para adherir a la Ley Nacional Nº 27.629 de “Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina” y como proyecto de declaración, que el Ministerio de Salud de la Nación, y/o la Autoridad de aplicación de la Ley Nacional Nº 27.491 (Salud Pública- Control de enfermedades prevenibles por vacunación), disponga la inclusión de la vacuna contra el COVID-19, en el Calendario Nacional de Vacunación.
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