Con las pruebas reunidas durante el juicio, el juez tuvo por cierto que el acusado había cometido los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterados agravados por la convivencia concebidos bajo una misma unidad de acción en concurso real en perjuicio de su sobrina menor de edad; y abuso sexual reiterados agravado por la convivencia concebidos bajo una misma unidad de acción en perjuicio de su sobrino, también menor de edad.
Las víctimas tenían 14 y 15 años cuando comenzaron los abusos por parte de su tía, que convivía con ellos. El juez de juicio dijo en sus fundamentos que los relatos de los menores fueron contundentes, firmes y claros, pese a la dificultad emocional que enfrentaron al contar lo sucedido.
Los jueces de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, al momento de resolver el recurso presentado por la defensa, dijeron que corresponde no hacer lugar, y confirmaron en todas sus partes el fallo dictado en Orán.
Tuvieron en cuenta que el Tribunal de Juicio valoró las pruebas con criterio racional y de manera individualizada, en un contexto integrador que permitió fijar la verdad de lo sucedido. La crítica ensayada por la defensa en el recurso presentado no alcanza para revertir la sentencia, ya que se limita a la emisión de un mero disenso sobre el valor probatorio de distintas evidencias, y en consecuencia, el cambio de calificación aparece como irrazonable a la luz de las mismas.
Agregaron que la sentencia atacada se encuentra adecuadamente motivada, que aparece como lógica, ya que el razonamiento del juez sentenciante se ajusta a las reglas del recto entendimiento.
Tío abusador
En Orán lo condenaron y en Salta le confirmaron la pena25/07/2020. La defensa de un hombre de 62 años interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada por el juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Orán, Raúl Fernando López, que había decidido condenarlo a la pena de 16 años de prisión efectiva e inhabilitación absoluta.