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NACIONAL

Se intervinieron entes de control

El Gobierno decretó la "emergencia" del sector eléctrico y dispone la revisión tarifaria

Mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que regirá hasta el 31 de diciembre de 2024, el Gobierno oficializó la "emergencia del sector energético nacional". El texto estableció además la continuidad de la intervención de los entes reguladores de la Electricidad (ENRE) y del Gas (Enargas).

Emergencia eléctrica
Emergencia eléctrica

El Gobierno oficializó este lunes la "emergencia del sector energético nacional" hasta el 31 de diciembre de 2024, dispuso el inicio del proceso de revisión tarifaria con el mismo plazo y estableció la continuidad de la intervención de los entes reguladores de la Electricidad (ENRE) y del Gas (Enargas).

La medida, que había sido anunciada el domingo, se formalizó con la publicación en la edición del lunes del Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia 55/2023, en el que se sostiene que existe "una efectiva situación de emergencia que debe ser reconocida y así declarada".

Habiendo evaluado la situación en que recibe el sistema energético y las condiciones que se proyectan a futuro, "resulta necesario adoptar medidas de corto, mediano y largo plazo que permitan la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural, y asegurar el suministro", destaca el texto en sus considerandos.

En consecuencia, el DNU declara en su artículo 1 "la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural".
La declaración de emergencia y las acciones que de ella deriven "tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024", según sostiene el DNU firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y los demás ministros.

El artículo 2 instruye a la Secretaría de Energía que disponga el programa de acciones necesarias para "la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios".

En ese sentido, determina a través del artículo 3 el "inicio de la revisión tarifaria" correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de "transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural", y establece que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes "no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024".



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