Para conservar la modalidad de prisión en suspenso, el condenado deberá cumplir varias reglas de conducta durante dos años, como mantener una actividad lícita y de acuerdo a sus capacidades; realizar tratamiento psicológico y acreditar su continuidad en forma bimestral ante el tribunal hasta que le den el alta; prohibición de ejercer actos de violencia física o psíquica en contra de la denunciante, la menor víctima y su grupo familiar; prohibición de acercamiento a la víctima a menos de 300 metros, tanto en su domicilio como en los lugares que ella frecuente; prohibición de establecer cualquier tipo de contacto con la menor, por cualquier medio, entre otras obligaciones.
El imputado fue denunciado por la madre de una alumna que concurría a una institución donde él dictaba clases de natación. La víctima, que padece retraso madurativo leve, le contó a su maestra que el acusado le había tocado la cola y que hizo que ella le tocara a él sus partes íntimas.
La jueza ordenó que se le realice al condenado un examen genético (ADN) para su incorporación al Banco de Datos Genéticos, previa asignación del DUIG por el Registro provincial de condenados vinculados a delitos contra las personas y contra la integridad sexual.
Terminó el juicio al profesor de natación
Prisión de ejecución condicional para un condenado por abuso sexual01/06/2020. La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó en juicio abreviado a Raúl Alejandro Rivero (39) a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda (dos hechos), en concurso real.